Boletín EURES-T I nº 14 - 2014 - page 9

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BOLETÍNEURES-TNORTEPORTUGAL-GALICIANº 14/2014
Monográfico
• Los Fondos Estructurales: FondoSocial Europeo (FSE) y el Fon-
do Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
• El Fondo de Cohesión (España no recibirá financiación en
este nuevo período 2014-2020).
• El Fondo EuropeoAgrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
• El Fondo EuropeoMarítimo y de Pesca (FEMP).
Con el objetivo de establecer unos principios que dirijan el pro-
ceso de programación de los Fondos EIE a nivel de los Estados
miembros y regiones, es necesario establecer un
Marco Estraté-
gicoComún (MEC)
en consonancia con los objetivos de la Estra-
tegia Europa 2020.
El MEC establece las medidas para promover un uso integrado
de los Fondos EIE permitiendo la sinergia entre ellos y define los
principios horizontales y los objetivos relacionados con la utili-
zación de estos Fondos. El MEC es la base sobre la cual cada
Estado miembro debe preparar un Acuerdo de Asociación que
defina compromisos para alcanzar los objetivos de la Unión a
través de la programación de los Fondos EIE.
Labase jurídicade la nueva PolíticadeCohesión fue publicada
el pasado 21 de diciembre de 2013 en el DiarioOficial de la
Unión Europea:
• ReglamentoGeneral aplicableal FEDER, FSE, FondodeCohe-
sión, FEADER y FEMP.
• Reglamentos específicos para:
- FEDER.
- FSE.
- Fondo deCohesión.
- Cooperación Territorial Europea.
- Agrupaciones Europeas deCooperación Territorial.
Estas normas serán complementadas y desarrolladas por otras
disposiciones anivel comunitario ya su vez se concretaránpara
cada Estado miembro a través de los correspondientes
docu-
mentos de programación
:
El AcuerdodeAsociación
: undocumento elaboradopor un Es-
tadomiembro, en el que se expone su estrategia, prioridades
y disposiciones para utilizar los Fondos de una manera efec-
tiva y eficiente con el objetivo de perseguir la estrategia de la
Uniónpara un crecimiento inteligente, sostenible e integrador,
y que la Comisión aprueba tras evaluarlo y dialogar con el
propio Estadomiembro.
Los Programas Operativos:
documentos a través de los que
se llevará a cabo la ejecución de los Fondos con arreglo al
Acuerdo de Asociación. Cada programa se aplicará al pe-
ríodo comprendido entre el 1 de enero de 2014 y el 31 de
diciembre de 2020. Serán elaborados por los Estados miem-
bros o por cualquier autoridad designada por ellos.
El pasado mes de abril, la Comisión publicó una decisión en
la que se establecía el reparto de Fondos por Estadomiembro.
Recursos disponibles para España y Portugal
Capítulos
España
Portugal
Objetivo de inversión en crecimiento y empleo
Total 2014-2020 (*)
24.573.810 560 19.491.826.362
Regiones menos desarrolladas (**)
2.040.417.904 16.671.247.826
Regiones en transición (**)
13.399.497.776 257.587.324
Regiones más desarrolladas (**)
11.074.398.134 1.275.511.016
Regiones ultra periféricas (**)
484.139.101 115.681.815
Cooperación territorial europea
Total 2014-2020 (*)
542.134.320 107.506.152
Cooperación transfronteriza (**)
429.959.697
78.638.462
Cooperación trasnacional (**)
187.588.455
43.822.383
Cooperación interregional (**)
(UE 28)
571.553.156
Iniciativa Empleo Juvenil
2014-2015 (*)
881.438.516 150.197.494
Fondo de Cohesión (**)
0 2.861.742.164
Importes transferidos de las asignaciones del
Fondo de Cohesión al mecanismo “Conectar
Europa” (*)
0 452.377.633
Importes transferidos del objetivo de Inversión
en crecimiento y Empelo a laAyuda para las
personas más desfavorecidas (*)
501.655.796 157.551.432
Acciones urbanas innovadoras (**)
(UE 28)
371.925.133
Fuente: Decisión de ejecución de la Comisión de 3 de abril de 2014 notificada con el número C (2014)2082 y publicada en el DOUE núm. L 104, de
8.4.2014.
(*) Precios de 2011, en euros.
(**) Precios corrientes, en euros.
1,2,3,4,5,6,7,8 10,11,12,13,14,15,16
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