Sección: Cosillas sobre el Plan de Igualdad
Cap.9. Cambios en el Plan de Igualdad ya firmado
El Plan de Igualdad, a diferencia de otro tipo de documentación en el ámbito laboral, una vez firmado por las partes legitimadas, puede modificarse siempre que se considere oportuno.
Porque es una herramienta que, para para ser eficaz, debe ser dinámica, flexible, progresiva, y susceptible de, siempre que se detecte alguna necesidad o posibilidad de mejora, que las partes puedan introducir y firmar los cambios que se acuerden (medidas, indicadores, recursos, etc.).
De hecho, el seguimiento y la evaluación del plan es una de sus fases, precisamente para detectar si lo ya implantado precisa modificaciones para alcanzar los objetivos fijados y firmados por las partes. En la redacción inicial del mismo debe determinarse o procedimiento que se acuerde para su modificación.
En fechas próximas, el capítulo 10 (y último) de esta sección: Registro del Plan.
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