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Sección: Cosillas sobre el Plan de Igualdad. Capítulo 4. Vigencia del Plan.

Sección:  Cosillas sobre el Plan de Igualdad  Capítulo 4. Vigencia del Plan

Sección:  Cosillas sobre el Plan de Igualdad

Capítulo 4. Vigencia del Plan

Cuando se alcanza la cifra de 50 personas trabajadoras en la plantilla de la empresa, de acuerdo con lo señalado en el capítulo anterior, nace la obligación de negociar, elaborar e implantar un Plan de Igualdad.

Período de vigencia del plan: máximo 4 años.

Importante tener en cuenta lo siguiente:

Una vez constituida la comisión negociadora del plan, y hasta la conclusión del período de vigencia acordado en el mismo (no > a 4 años, pero puede ser inferior si se considera conveniente), aunque la empresa baje del número de 50 personas en plantilla, la obligación del Plan mantendrá su vigencia.

En próximas fechas, el capítulo 5 de esta sección: Plan de Igualdad vs centros de trabajo de la empresa.

Se tienes otras dudas, quieres saber más o necesitas asesoramiento técnico personalizado, contacta con nuestro Gabinete Técnico de Igualdad. 

igualdade@ceg.es
981 555 888

Autor
Confederación de Empresarios de Galicia
Editor
Confederación de Empresarios de Galicia
Financiación
Consellería de Promoción do Emprego e Igualdade
Gobierno de España
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)
Dirección Xeral de Emprego
Xunta de Galicia
Formato
Electrónico
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