Portugal aprueba nuevas medidas que regulan el renovado decreto de “Estado de Emergência”

29/01/2021
Río Duero

El estado de emergência en Portugal fue renovado a través de la Resolução da Assembleia da República n.º 14-A/2021 aprobada el pasado 28 de enero estableciendo un nuevo periodo en el que esta situación estará en vigor entre las 00:00 horas del 31 de enero hasta las 232:59 horas del 14 de febrero de 2021.

Acompañando a esta nueva resolución, el Consejo de Ministros ha decidido mantener la vigencia de las reglas establecidas en el Decreto n.º 3-A/2021 analizadas en la noticia de este blog: Portugal renueva el “Estado de Emergência” y adopta nuevas medidas extraordinarias así como aprobar nuevas medidas entre las cuales se determinan algunas que afectan directamente a la movilidad y que se recogen, principalmente, en los artículos 4, 5 y 6 del nuevo Decreto n.º 3-D/2021.

Fundamentalmente quedan prohibidos los desplazamientos de ciudadanos portugueses fuera del territorio continental efectuados por cualquier vía ya sea por carretera, ferroviaria, aérea, fluvial o marítima. Se establecen algunas excepciones a esta prohibición como:

  • Los desplazamientos para el desarrollo de actividades profesionales o equiparables, debidamente documentadas
  • Los desplazamientos fuera del territorio continental por parte de los ciudadanos portugueses con residencia en otros países
  • Los desplazamientos excepcionales para reunión familiar de cónyuges o equiparados y familiares hasta primer grado.
  • Los desplazamientos realizados por aeronaves, embarcaciones o vehículos de Estado o de las Fuerzas Armadas.
  • Desplazamientos para el transporte de mercancías y correo.
  • Los desplazamientos para fines humanitarios o de emergencia médica.
  • Las escalas técnicas para fines no comerciales.
  • Los desplazamientos relacionados con el transporte internacional de mercancías, el transporte de trabajadores transfronterizos y estacionales con relación laboral comprobable documentalmente, de la circulación de vehículos de emergencia y socorro y del servicio de urgencias.
  • Desplazamientos de titulares de cargos en órganos de soberanía en el ejercicio de sus funciones.
  • Desplazamientos con destino a las regiones autónomas de Azores y Madeira.

Otra medida recogida en esta disposición es que se reanudan los controles de personas en las fronteras terrestres y se abre la  posibilidad de suspensión de vuelos y de determinación de confinamiento obligatorio a los pasajeros que lleguen al territorio portugués.

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