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Novedades
leGislativas
BOLETÍN EURES-T NORTE PORTUGAL-GALICIA Nº 13/2014
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Nuevas medidas para favorecer la
empleabilidad y la contratación estable
Con fecha de 21 de diciembre de 2013 se ha publicado en
el BOE el Real Decreto-Ley 16/2013, de 20 de diciembre,
por el que se establece un conjunto de medidas para favore-
cer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los
trabajadores.
Tras la reforma practicada por la Ley 3/2012, de 6 de julio,
que preveía medidas específicas para favorecer la adopción
de pautas de flexibilidad interna por las pymes, la nueva nor-
ma contempla medidas adicionales con la finalidad de ace-
lerar la creación de empleo aunque las tasas de crecimiento
económico sigan siendo bajas. Para ello, introduce una serie
de novedades, que se pueden resumir en las siguientes:
• Flexibiliza el contrato a tiempo parcial, favoreciendo la
realización de horas complementarias, bien pactadas,
bien voluntariamente aceptadas por el trabajador y prohi-
biendo la realización de horas extraordinarias con carác-
ter general.
• Modifica el contrato de trabajo de apoyo a emprendedo-
res, recogido en la Ley 3/2012, de 6 de julio, permitiendo
ahora su celebración a tiempo parcial y habilitando dife-
rentes incentivos y ayudas.
• Limita a un mes el período de prueba de los contratos tem-
porales cuya duración sea inferior a seis meses.
• Permite que la reducción de jornada por cuidado de hijos
se extienda ahora hasta que éstos tengan 12 años.
• Reduce el tipo de cotización por desempleo para los con-
tratos de duración determinada a tiempo parcial.
• Reduce la cotización general de los trabajadores autóno-
mos que en cualquier momento del año hayan tenido con-
tratados a 10 o más empleados a la vez.
• Prevé una reordenación de los incentivos a la contratación
en relación con las cotizaciones a la seguridad social, in-
troduciendo en una disposición tanto las reducciones como
las bonificaciones vigentes y armonizando los requisitos y
obligaciones previstos.
Portugal transpone dos normas
comunitarias sobre infracciones
de tráfico y agencias privadas de
colocación
Portugal ha aprobado recientemente dos leyes con las que
transpone a su ordenamiento jurídico Directivas Comunita-
rias que ahondan en la libre circulación y en su control.
Lei 4/2014
de 7 de febrero: establece los principios y reglas
de intercambio transfronterizo de información y datos rela-
cionados con las infracciones de tráfico
cometidas en Portu-
gal a bordo de vehículos matriculados en otro Estado miem-
bro, así como de la cooperación con otros Estados cuando
la infracción es cometida a bordo de vehículos con matrícula
portuguesa.
Dicha ley transpone la Directiva 2011/82/CE de 25 de oc-
tubre, que determina las infracciones objeto de la coopera-
ción, prevé el uso de un sistema informático europeo de infor-
mación sobre vehículos y permisos de conducción, así como
la necesidad de que cada Estado miembro designe puntos
de contacto nacional para hacer efectiva dicha cooperación.
Lei 5/2014
de 12 de febrero: Modifica la normativa regula-
dora de las empresas de trabajo temporal y de las agencias
privadas de colocación (Decreto-Ley 260/2009, de 25 de
septiembre) a efectos de adaptarla a las prescripciones de
la Directiva de Servicios (Directiva 2006/123/CE, de 12 de
diciembre).
La modificación aprobada introduce como novedad más im-
portante el régimen de autorización previa para el inicio de
la actividad de agencia de empleo y, por lo tanto, no necesita
una autorización sino simplemente comunicar el inicio de ac-
tividad acompañando la documentación exigida por la nor-
mativa, tanto para empresas que deseen establecerse como
para las que simplemente presten sus servicios con carácter
esporádico en Portugal y sin establecimiento permanente.
La norma mantiene sin embargo el sistema de autorización
para las empresas de trabajo temporal y establece obliga-
ciones específicas para las que cedan trabajadores al ex-
tranjero.
Se reducen a cuatro las modalidades de contratos laborales en España
Desde el 1 de enero de 2014 en España únicamente existen
cuatro modalidades contractuales: indefinido, temporal, de
formación y aprendizaje y en prácticas, frente a las 42 exis-
tentes anteriormente.
El objetivo de la reforma administrativa es facilitar la tramita-
ción de la contratación a las empresas y hacerla más trans-
parente y sencilla para los trabajadores. Sin embargo, los
contratos seguirán introduciendo en su clausulado o anexos
las mismas especificidades que hasta la modificación.
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social pone a disposi-
ción de los empresarios una aplicación informática a través
del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), que incorpora
un asistente virtual que ayudará al empleador a seleccionar
la modalidad contractual que más se ajuste a sus necesida-
des y le indicará las bonificaciones o reducciones de las que
podría beneficiarse según la selección practicada. Para ello,
el empleador seleccionará sus preferencias en cuanto al tipo
de jornada (a tiempo completo, a tiempo parcial…) o al tipo
de contrato que necesite.
Los nuevos modelos de contratos, el asistente así como una
completa guía sobre las diferentes modalidades de con-
tratación están disponibles en la página Web del SEPE:
https://www.sepe.es