Ha sido publicado el Decreto 6/2021 a través del cual se regula el Decreto del Presidente de la República nº 31-A/2021 que mantiene el Estado de Emergência durante al menos quince días en los mismos términos acordados en la última renovación tras la aprobación de la Asamblea de la República recogida en su Resolução nº 90-A/2021.
En el mismo Diário da República n.º 64-A/2021 ha sido también publicado el Despacho n.º 3516-A/2021 que recoge los puntos de paso autorizados hasta las 23:59 horas del 15 de abril en la frontera terrestre portuguesa sin recoger ningún cambio respecto a los pasos autorizados en el Despacho anterior. En esta ocasión se incluye un nuevo punto y un anexo en el mencionado oficio en los que se especifican los Estados de cuya proveniencia los ciudadanos que entren en territorio portugués por vía terrestre deberán cumplir un período de aislamiento profiláctico de al menos 14 días. Estos Estados son:
- Pertenecientes a la Unión Europea: Bulgaria, Chipre, Eslovenia, Estonia, Francia, Hungría, Italia, Malta, Polonia, República Checa y Suecia
- No pertenecientes a la Unión Europea: Reino Unido, Brasil y África del Sur
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