El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) queda fijado en 1.000 euros mensuales distribuidos en catorce pagas con carácter general. Las personas trabajadoras eventuales y temporeras cuya actividad sea inferior a 120 días en la misma empresa percibirán un mínimo de 47,36 euros por jornada mientras que las personas empleadas de hogar percibirán un mínimo de 7,82 euros por hora.
En Portugal el valor de la Retribuição Mínima Mensal Garantida (RMMG) a partir del 1 de enero de 2022 quedó fijada en 705 euros mensuales o lo que es lo mismo, 9.870 euros anuales (Decreto-Lei n.º 109-B/2021 de 7 de diciembre de 2021).
Tanto España como Portugal reafirman la tendencia de incrementar las cuantías de los salarios mínimo nacionales en sus respectivos países marcándose como objetivo alcanzar en el año 2023 los 1.050 euros en España y 750 euros en Portugal.
El salario mínimo de los 21 Estados miembro de la Unión Europea que cuentan con este mecanismo previsto para el primer semestre del año es:
País |
Salario mínimo mensual (1º semestre 2022) |
Luxemburgo |
2.256,95 |
Irlanda |
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Países Bajos |
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Bélgica |
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Alemania |
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Francia |
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España (*) |
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Eslovenia |
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Portugal |
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Malta |
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Grecia |
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Lituania |
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Polonia |
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Estonia |
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República Checa |
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Eslovaquia |
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Croacia |
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Hungría |
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Rumanía |
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Letonia |
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Bulgaria |
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Fuente: EUROSTAT (EARN_MW_CUR)
(*) El Salario Mínimo español ha sido actualizado en base a la nueva cuantía aprobada hoy
Referencia normativa: Real Decreto 152/2022, de 22 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2022