DESPLAZAMIENTOS DE PORTUGAL A GALICIA
Desde el 10 de julio y hasta las 00:00 horas del 24 de julio de 2021 tiene eficacia en Galicia la Orden de 8 de julio de 2021 por la que se prorroga la eficacia y se modifica la Orden de 25 de junio de 2021 por la que se establecen medidas de prevención específicas como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada de la COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Galicia y por la que se modifica la Orden de 1 de julio de 2021, por la que se aprueba el Protocolo para la reactivación del ocio nocturno en el marco de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
Concretamente y en relación a las medidas de prevención que deberán adoptar las personas procedentes de otros territorios a la Comunidad Autónoma de Galicia, se especifica que deberán cumplir lo establecido en la Orden de 27 de julio de 2020 por la que se establecen medidas de prevención para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, es decir que las personas que lleguen a Galicia después de haber estado dentro del período de catorce días naturales anteriores a dicha llegada, en territorios con una alta incidencia de la COVID-19 en comparación con la existente en la Comunidad Autónoma, deberán comunicar su entrada en el plazo máximo de 24 horas desde su llegada a través del portal: https://coronavirus.sergas.gal/viaxeiros/
Es necesario considerar además que las personas desplazadas a Galicia deberán cumplir las limitaciones y medidas aplicables en este territorio.
En caso de que los pasajeros lleguen a Galicia por vía aérea o marítima, deberán considerar cuanto recogido en la Resolución de 4 de junio de 2021, de la Dirección General de Salud Pública, relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España que establece entre otras medidas que todos los pasajeros que lleguen a España como destino final, deberán someterse a la llegada a un control sanitario en el primer punto de entrada. Dicho control incluirá, al menos, la toma de temperatura, un control documental y un control visual sobre el estado del pasajero.
Además a los pasajeros procedentes de Portugal en caso de estar incluido en la lista de países o zonas de riesgo (listado de países que se revisa cada siete días), considerados como tal en función de la valoración de su situación epidemiológica en cada momento, se exigirá la certificación de alguno de los siguientes requisitos sanitarios:
a) Certificado que confirme que el titular ha recibido una vacuna contra la COVID-19 (certificado de vacunación).
b) Certificado que indique el resultado de una Prueba Diagnóstica de Infección Activa de COVID-19 que se haya realizado el titular (certificado de diagnóstico).
c) Certificado que confirme que el titular se ha recuperado de la COVID-19 (certificado de recuperación).
DESPLAZAMIENTOS DE GALICIA A PORTUGAL:
Según la Resolução do Conselho de Ministros n.º 91-A/2021, Portugal prorroga la vigencia de la situação de calamidade en todo el territorio continental hasta las 23:59 horas (horario portugués) del 25 de julio de 2021.
Como consecuencia de esta situación, las medidas y restricciones que se adoptan se adaptan a la situación epidemiológica de cada municipio que en determinadas ocasiones puede ver incluso limitada su movilidad. A través del portal https://covid19estamoson.gov.pt/ es posible comprobar qué municipios se encuentran en un nivel de riesgo muy elevado, elevado o a los que se les aplican reglas generales.
En caso de viajar a un municipio de riesgo muy elevado, es decir, que registre una tasa de incidencia superior a 240 casos por cien mil habitantes en los últimos 14 días (o superior a 480 en caso de tratarse de municipios de baja densidad) se aplicarán las siguientes reglas:
- Toque de queda a partir de las 23:00 horas
- Cierre de restaurantes a las 22:30 horas. Los viernes a partir de las 19:00 horas y los sábados, domingos y festivos todo el día, solamente se podrá acceder al interior con Certificado Digital UE o test negativo. El número máximo de comensales por mesas en el interior será 4 personas y en el exterior 6 personas.
- Se exigirá test negativo o certificado digital para acceder a establecimientos turísticos o de alojamiento local
- Teletrabajo obligatorio cuando las actividades así lo permitan
- Espectáculos culturales hasta las 22:30 horas.
- Bodas y bautizos con 25% de aforo
- Comercio al detalle de alimentación hasta las 21:00 horas durante la semana y hasta las 19:00 horas el fin de semana y festivos
- Comercio al detalle no alimentación y prestación de servicios hasta las 21:00 horas durante la semana y hasta las 15:30 horas el fin de semana y festivos
- Permitida la práctica de modalidades deportivas de riesgo medio, sin público
- Permitida la práctica de actividades físicas al aire libre en grupos de hasta seis personas y en gimnasios sin aulas grupales
- Eventos en el exterior con limitación de aforo a definir por la DGS
- Lojas de Cidadão atenderán presencialmente previa cita
Si el destino del desplazamiento a Portugal fuese un municipio de riesgo elevado lo que significa que registra una tasa de incidencia superior a 120 casos por cien mil habitantes en los últimos 14 días (o superior a 240 en caso de tratarse de municipios de baja densidad) se aplicarán las siguientes reglas:
- Toque de queda a partir de las 23:00 horas
- Cierre de restaurantes a las 22:30 horas. Los viernes a partir de las 19:00 horas y los sábados, domingos y festivos todo el día, solamente se podrá acceder al interior con Certificado Digital UE o test negativo.El número máximo de comensales por mesas en el interior será 6 personas y en el exterior 10 personas.
- Se exigirá test negativo o certificado digital para acceder a establecimientos turísticos o de alojamiento local
- Teletrabajo obligatorio cuando las actividades así lo permitan
- Espectáculos culturales hasta las 22:30 horas.
- Bodas y bautizos con 50% de aforo
- Comercio al detalle de alimentación, no alimentación y de servicios con horario límite hasta las 21:00 horas
- Permitida la práctica de todas las modalidades deportivas, sin público
- Permitida la práctica de actividades físicas al aire libre y en gimnasios
- Eventos en el exterior con limitación de aforo a definir por la DGS
- Lojas de Cidadão atenderán presencialmente previa cita
Las reglas a mantener en el caso de viajar a algún municipio al que se le aplican reglas generales son:
- Teletrabajo recomendado en las actividades que así lo permitan
- Restaurantes, cafés y pastelerías (máximo 6 personas en el interior o 10 en terraza) abiertos hasta la media noche para admisión y hasta la 1:00 para cierre.
- Se exigirá test negativo o certificado digital para acceder a establecimientos turísticos o de alojamiento local
- Horario comercial en función de su licencia
- Transportes públicos con aforo de dos tercios o en su totalidad en el caso de transportes que funciones exclusivamente con lugares señalados
- Espectáculos culturales hasta medianoche
- Salas de espectáculos con aforo del 50%
- Exteriores de las salas de espectáculo con lugares marcados y reglas a definir por la DGS
- Recintos deportivos con un aforo del 33%
- En los exteriores se aplican las reglas a definir por la DGS
En cuanto a los desplazamientos desde Galicia a Portugal hay que tener en cuenta que actualmente no existen restricciones de ningún tipo en la frontera entre España y Portugal si bien es necesario atender a cuanto dicta la Resolução do Conselho de Ministros n.º 74-A/2021 teniendo en cuenta que los viajeros que lleguen a Portugal por vía aérea, a excepción de los menores de 12 años, deberán presentar una de las siguientes pruebas:
- Una prueba RT-PCR con resultado negativo, realizada en las 72 horas antes del embarque
- Un test de antígenos con resultado negativo, realizado en las 48 horas antes del embarque
- El Certificado Covid UE que también dispensará del cumplimiento de la cuarentena
Es posible consultar las medidas de prevención aplicables a los viajeros en Portugal a través de este enlace.
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