Actualización de disposiciones en materia de libre circulación entre España y Portugal
La libre circulación entre España y Portugal sigue sujeta a determinadas limitaciones y controles de fronteras
La libre circulación entre España y Portugal se ha visto afectada como consecuencia de las medidas adoptadas a fin de limitar los efectos de la pandemia provocada por el Covid-19.
Han sido diversas las disposiciones aprobadas en ambos Estados, disposiciones que se han ido prorrogando y cuyo contenido se ha ido modificando a fin de ajustarse a la evolución de la situación.
PORTUGAL
- En este sentido Portugal ha prorrogado hasta el 30 de junio de 2020 el control de sus fronteras modificando a través de la Resolução do Conselho de Ministros n.º 43-A/2020 algunos de los criterios establecidos en la primera resolución que estableció el control documental de las personas en las fronteras portuguesas
Nota resumen elaborada por la Confederación de Empresarios de Galicia
ESPAÑA
- A partir del 22 de junio podrán cruzar la frontera los ciudadano portugueses que vengan a trabajar a España. Orden INT/550/2020
Nota resumen elaborada por la Confederación de Empresarios de Galicia - En el caso de España, se han prorrogado hasta el 1 de julio los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles. Orden INT/551/2020
- Nota resumen elaborada por la Confederación de Empresarios de Galicia
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