Actualización de disposiciones en materia de libre circulación entre España y Portugal

22/06/2020
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Actualización de disposiciones en materia de libre circulación entre España y Portugal 
 

La libre circulación entre España y Portugal sigue sujeta a determinadas limitaciones y controles de fronteras
 

La libre circulación entre España y Portugal se ha visto afectada como consecuencia de las medidas adoptadas a fin de limitar los efectos de la pandemia provocada por el Covid-19.

Han sido diversas las disposiciones aprobadas en ambos Estados, disposiciones que se han ido prorrogando y cuyo contenido se ha ido modificando a fin de ajustarse a la evolución de la situación.
 

PORTUGAL
  • En este sentido Portugal ha prorrogado hasta el 30 de junio de 2020 el control de sus fronteras modificando a través de la Resolução do Conselho de Ministros n.º 43-A/2020 algunos de los criterios establecidos en la primera resolución que estableció el control documental de las personas en las fronteras portuguesas

     CEG-Logo_Notas   Nota resumen elaborada por la Confederación de Empresarios de Galicia
ESPAÑA
  • A partir del 22 de junio podrán cruzar la frontera los ciudadano portugueses que vengan a trabajar a España. Orden INT/550/2020

     CEG-Logo_Notas   Nota resumen elaborada por la Confederación de Empresarios de Galicia
  • En el caso de España, se han prorrogado hasta el 1 de julio los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles. Orden INT/551/2020
  •  CEG-Logo_Notas   Nota resumen elaborada por la Confederación de Empresarios de Galicia

 

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