Boletín EURES nº 20

|  15 NOVEDADES LEGISLATIVAS Reglamento sobre medidas para impedir el bloqueo geográfico injustificado El pasado mes de marzo entró en vigor el Reglamento 2018/302 sobre medidas destinadas a impedir el bloqueo geográfico injustificado y otras formas de discriminación por razón de la nacionalidad, del lugar de residencia o del lugar de establecimiento de los clientes en el mercado inte- rior 1 , cuya aplicación será efectiva a partir del 3 de diciem- bre de 2018. El objeto de este Reglamento es contribuir al buen funcio- namiento del mercado interior, aportando claridad y seguri- dad jurídica en las transacciones transfronterizas. Para ello y conforme al artículo 20 de la Directiva 2006/123/CE 2 , el nuevo Reglamento determina situaciones en las que no puede haber un trato diferenciado, garantizando de esta forma la aplicación y el cumplimiento de la normativa con- tra la discriminación por razones geográficas en el mercado interior, estas son: – Acceso a interfaces en línea; los comerciantes no podrán bloquear ni limitar el acceso de sus consumidores a su interfaz en línea, por razones de nacionalidad, residen- cia o establecimiento del cliente. – Consentimiento expreso; los comerciantes no podrán rediri- gir a sus consumidores a una versión de su interfaz en línea, que sea diferente a la que inicialmente acceden, salvo pre- vio consentimiento del cliente o bien por requisitos legales de Derecho de la Unión o del propio Estado miembro. – Igualdad en el acceso a productos y servicios; los comer- ciantes no aplicarán condiciones generales de acceso diferentes a sus productos o servicios, por motivos relacio- nados con la nacionalidad, residencia o establecimiento del cliente. – No discriminación en las condiciones de pago; los comer- ciantes no aplicarán distintas condiciones de pago por motivos de nacionalidad, residencia o establecimiento del cliente, ubicación de la cuenta de pago, lugar de esta- blecimiento del proveedor de servicios de pago, o lugar de emisión del instrumento de pago. Este Reglamento no es aplicable en las operaciones internas, en la que todos los elementos de la transacción se producen en un único Estado miembro, ni por el momento se aplica a los servicios protegidos por derechos de autor, servicios financieros al por menor, o en los servicios en el ámbito del transporte, entre otros. La Comisión Europea presentará, como muy tarde el 23 de marzo de 2020, y posteriormente cada 5 años, un primer informe de evaluación sobre el impacto en el mercado interior y el comercio electrónico trasfronterizo, y de forma particu- lar valorará la carga administrativa y financiera que resultará sobre los comerciantes. En esta primera evaluación se valorará incluir los servicios prestados por vía electrónica de acceso a obras protegidas por derechos de autor o a otras prestaciones protegidas y también se analizará si su ámbito de aplicación debe ampliarse a servicios inicialmente no incluídos. 1 Reglamento (UE) 2018/302 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de febrero de 2018, sobre medidas destinadas a impedir el bloqueo geográfico injustificado y otras formas de discriminación por razón de la nacionalidad, del lugar de residencia o del lugar de establecimiento de los clientes en el mercado interior y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.° 2006/2004 y (UE) 2017/2394 y la Directiva 2009/22/CE. DO L 60I, 2.3.2018, p. 1–15. 2 Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior. DO L 376, 27.12.2006, p. 36–68. bro cumpla los requisitos que establezca el Estado miembro de acogida para otorgarle su nacionalidad a las sociedades. La propuesta de la Comisión 1 pretende permitir que las empresas puedan aprovecharse de las oportunidades que implica actuar en el mercado interior de la UE salvaguar- dando que se vulneren los derechos de los trabajadores e incluyendo medidas específicas que permitan ayudar a las autoridades nacionales a combatir prácticas abusivas. La propuesta contempla que las empresas puedan trasladar su sede a través de un procedimiento simplificado. En relación a las conversiones y escisiones transfronterizas, se armoniza la regulación aplicable y se establecen medidas específicas que ayudarán a las autoridades nacionales a luchar contra las prácticas abusivas. Otro importante aspecto contemplado en esta propuesta está relacionado con el registro de empresas online, para que éstas puedan por vía telemática inscribirse, establecer nue- vas sucursales o presentar documentos en el registro mercan- til en todos los Estados miembros. 1 Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 en lo que atañe a las transforma- ciones, fusiones y escisiones transfronterizas. COM(2018) 241 final

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