| 11
BOLETÍN EURES-T NORTE PORTUGAL-GALICIA Nº 13/2014
Monográfico
los derechos de los trabajadores a la
misma.
A través de esta norma se incide en la
necesidad de hacer que los servicios
de EURES incluyan la contratación, la
adecuación entre oferta y demanda y
la colocación. Es decir, si bien hasta
ahora la principal tarea de la red era
la de prestar servicios de información
y asesoramiento tanto a trabajadores,
desempleados como empleadores; en
esta nueva etapa se incidirá más en
hacer de EURES una herramienta que
permita efectivamente servir de punto
de encuentro entre oferta y demanda
de empleo a nivel europeo y por lo
tanto construir una utilidad dirigida a
la colocación de los interesados.
Otra de las novedades que surgen de
esta Decisión es la variación prevista
en la composición de la propia red
EURES que se verá ampliada, dada la
posibilidad de incorporar nuevos acto-
res, públicos o privados, que actuarán
como socios EURES o incluso como
socios EURES asociados. Es decir, en
este nuevo período la red EURES esta-
rá integrada por:
1. La Oficina Europea de Coordina-
ción.
2. Los miembros de EURES designados
por los Estados miembros.
3. Los socios de EURES designados
por los miembros y que podrán ser
proveedores de servicios públicos o
privados así como organizaciones
sindicales o patronales.
4. Los socios de EURES asociados que
prestarán servicios limitados bajo
la supervisión y responsabilidad de
un socio EURES o directamente de
la Oficina Europea de Coordina-
ción.
Por lo tanto se inicia el año 2014 con
una férrea voluntad por parte de la
Comisión Europea de reforzar la red
europea de servicios de empleo pero,
mientras que el funcionamiento de la
propia red esté sujeto a cambios im-
portantes que se recogen en la Deci-
sión de 2012, el Capítulo II del Regla-
mento 492/2011
3
que es el verdade-
ro marco regulador de la puesta en
relación y la compensación de ofertas
y demandas de empleo entre Estados
miembros no se ha modificado desde
1992. Es por ello, entre otras razones,
que el pasado 17 de enero de 2014,
la Comisión Europea adoptó la Pro-
puesta de Reglamento sobre EURES
4
.
A través de esta propuesta se preten-
de incrementar el conocimiento que
tienen los demandantes de empleo y
los empleadores del EEE y Suiza de
la red EURES, aumentar el número de
ofertas anunciadas a través del Portal,
optimizar la adecuación entre oferta y
demanda de empleo y permitir a las
agencias privadas de colocación y
otros actores privados incorporarse a
la red.
Es destacable también la importancia
que se da en esta propuesta a la utili-
zación de una plataforma informática
común en la que cada Estado miem-
bro deberá publicar todas las ofertas
de empleo disponibles en sus servicios
púbicos así como todas las demandas
y currículum, siempre que los trabaja-
dores hayan dado su consentimiento.
Por último señalar que han sido pu-
blicados también en el Anexo a este
Reglamento los criterios comunes para
la autorización de los organismos que
desean actuar como socios de EURES,
especificando los requisitos necesarios
en la prestación de servicios y en la
participación en la red. Ahora el Par-
lamento Europeo y el Consejo deberán
tramitar esta Propuesta de Reglamento
conforme al procedimiento legislativo
ordinario (codecisión).
En definitiva, con la reforma de EURES
se pretende responder de manera más
efectiva a las necesidades de coloca-
ción de los demandantes de empleo y
de los empleadores del Espacio Eco-
nómico Europeo y de Suiza incremen-
tando el intercambio no sólo de infor-
mación sino de ofertas y demandas
efectivas de empleo e incidiendo en la
colocación y contratación. A corto pla-
zo, se prevé además una orientación
más profunda de la red hacia los jóve-
nes, quienes se benefician más de la
movilidad, incluyendo nuevas formas
de empleo que combinen formación y
trabajo.
1
Reglamento (UE) núm. 1296/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, relativo a un Programa
de la Unión Europea para el Empleo y la Innovación Social («EaSI») y por el que se modifica la Decisión núm. 283/2010/UE, por
la que se establece un instrumento europeo de microfinanciación para el empleo y la inclusión social
DOUE núm. L 347, de 20 de diciembre de 2014.
2
Decisión de Ejecución de la Comisión de 26 de noviembre de 2012, relativa a la aplicación del Reglamento de Ejecución (UE)
núm. 492/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la puesta en relación y la compensación de las ofertas
y demandas de empleo y el restablecimiento de EURES.
DOUE núm. L 328, de 28 de noviembre de 2012.
3
Reglamento (UE) núm. 492/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2011 relativo a la libre circulación
de los trabajadores dentro de la Unión.
DOUE núm. 141, de 27 de mayo de 2011.
4
Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a una red europea de servicios de empleo, al acceso de
los trabajadores a los servicios de movilidad y a la mayor integración de los mercados de trabajo COM (2014) 6 final.