Boletín EURES nº 22

6  | NOVEDADES LEGISLATIVAS Revisión de la directiva relativa a las máquinas La Comisión Europea ha puesto en marcha una consulta pública sobre su propuesta de revisión de la Directiva rela- tiva a las Máquinas 2006/42/CE 1 (Directiva de máquinas), que tiene como objetivo aumentar el nivel de seguridad de los productos y abordar los desafíos del sector en la era digital. La UE cuenta con una sólida base industrial y científica y con un reconocido liderazgo en fabricación y robótica, por lo que es fundamental que la Comisión favorezca un entorno que facilite el uso de las nuevas tecnologías digitales en la empresa y su acceso a la sociedad en general. Esta propuesta de revisión parte del resultado de evaluación al que se ha sometido la Directiva de máquinas, de acuerdo con el programa de adecuación y eficacia normativa de la Comisión Europea (REFIT), y que ha determinado su relevan- cia, efectividad, eficiencia y coherencia, con el valor aña- dido que le aporta la UE; A pesar de ello es necesaria su actualización y simplificación. La revisión tendrá en cuenta la necesidad de contar con un marco jurídico más sencillo y accesible, además de la adap- tación al avance tecnológico. La falta de alineación con el nuevo marco legislativo, y de claridad jurídica en algunos conceptos y definiciones, ocasionan en la actualidad cargas administrativas, incertidumbre jurídica y costes adicionales a las organizaciones e instituciones europeas. La revisión también incorporará adaptaciones relativas a los retos que plantea el progreso tecnológico, en concreto la Inteligen- cia Artificial (AI) e Internet de la Cosas (IoT), en línea con la Comunicación sobre Inteligencia Artificial para Europa 2 , que señala a esta Directiva como el marco legislativo central para la seguridad en la robótica industrial. La iniciativa plantea unos objetivos específicos, con el fin de impulsar un mercado único digital, garantizado la libre circulación de la maquinaria en la UE, y un elevado nivel de seguridad: • Crear un marco regulatorio común y potenciar la compe- titividad del sector industrial en el mercado digital. • Aumentar el nivel de confianza entre consumidores y usuarios en todo lo relativo a las tecnologías digitales innovadoras. En línea con estos objetivos y basada en los resultados de la evaluación llevada a cabo por la Comisión se plantean en la consulta las siguientes opciones: Opción 0 - Escenario inicial, sin cambios. 1 Directiva 2006/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2006, relativa a las máquinas y por la que se modifica la Direc- tiva 95/16/CE. DOUE L 157, 9.6.2006, p. 24–86. 2 Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo eu- ropeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones Inteligencia artificial para Europa. COM/2018/237 final Opción 1 - Alinear la Directiva de máquinas al nuevo marco legislativo, sin cambios en el contenido de la normativa actual, es decir, sin modificar su alcance, definiciones, ni requisitos esenciales sobre salud y seguridad. Opción 2 - Alinear la Directiva al nuevo marco legislativo, con cambios en: – Su alcance y definiciones, por ejemplo adaptando la lista de productos de baja tensión y mejorando la definición de «cuasi máquina» y/o – Los requisitos de salud y seguridad, – Permitir la documentación digital y/o abordar la tecnolo- gía digital, por ejemplo la IA, IoT o la ciberseguridad. Opción 3 - Adaptar el alcance y las definiciones y/o los requisitos esenciales de seguridad y salud (como en la opción 2), pero sin alinear la Directiva con el nuevo marco normativo. Opción 4 - Convertir la Directiva de máquinas en un Regla- mento, junto con las opciones 1, 2 o 3. La propuesta también establece una valoración inicial sobre el impacto esperado en cada una de las opciones, tanto económico, como social, el impacto sobre el entorno, sobre los derechos fundamentales y sobre la simplificación y/o cargas administrativas. Este informe sobre la evaluación de impacto acompañará a la propuesta de revisión de la Directiva y será reforzado por un estudio externo sobre la evaluación de impacto que se llevará a cabo hasta febrero de 2020. Esta consulta pública permanecerá abierta hasta el 30 de agosto de 2019 y la Comisión invita a par- ticipar a todas las personas y organizaciones interesadas en aportar su opinión, a través del área de legislación del Servidor Europa 3 . Además se llevarán a cabo consultas específicas dirigidas a las autoridades de los Estados miembros, Organismos e instituciones europeas, y consultas de carácter periódico a expertos, trabajadores/usuarios, entre otras, prestando una especial atención a las Pymes, y valorando de forma espe- cial el impacto de esta iniciativa para ellas. Finalmente se publicará un resumen de los resultados de todas estas consultas. La propuesta incluye un plan de implementación, para dar soporte a los Estados miembros en la aplicación de la Direc- tiva, con información concreta, documentos de guía y la pre- visión de grupos de trabajo. 3 https://ec.europa.eu/info/law/contribute-law-making_es

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